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Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 88 ter Estado de Morelos


Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Morelos
Artículo 88 ter.

Al Consejero Presidente de cada Comisión Ejecutiva, le corresponden las siguientes atribuciones:

I. Presidir las sesiones adoptando las medidas que estime necesarias para el adecuado desarrollo;

II. Emitir las convocatorias a sesiones y reuniones de trabajo, conjuntamente con el Secretario Técnico;

III. Diferir las sesiones o reuniones de trabajo antes de su celebración, por causas que impidan su realización;

IV. Declarar el inicio y término de las sesiones y reuniones de trabajo;

V. Proponer a los integrantes de la Comisión Ejecutiva la participación de servidores electorales o invitados especiales, con el fin de auxiliarlos en la materia de sus funciones;

VI. Solicitar al Consejo Estatal, la asignación de recursos humanos, materiales y financieros para el apoyo en el ejercicio de sus funciones y de la Comisión;

VII. Dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos y dictámenes aprobados por el Consejo Estatal, que correspondan a la materia de la Comisión, y

VIII. Las que le establezcan otras disposiciones y las que le encomiende el Consejo Estatal.



Estado de Morelos Artículo 88 ter Código de Instituciones y Procedimientos Electorales
Artículo 1 ...88 88 bis 88 ter 89 90 ...403
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



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